El Servicio de Bienestar del Personal obtiene su financiamiento a través de los siguientes recursos:
a) Con las sumas que anualmente se consulta en el Presupuesto de la Universidad del Bío-Bío para el Servicio de Bienestar del Personal y que ésta aportará conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes.
b) Con la cuota de incorporación equivalente al 4% de la remuneración mensual imponible para pensiones de los afiliados. No estará afecta a esta cuota de incorporación, el personal jubilado que se afilie por primera vez.
c) Con el aporte mensual de sus afiliados en servicio activo equivalente al 1,8% de sus remuneraciones imponible para pensiones.
d) Con el aporte mensual de sus afiliados jubilados que fijará el Consejo Administrativo, más la cantidad correspondiente al aporte institucional, la cual será de cargo del afiliado jubilado.
e) Con los intereses de los préstamos que otorga el Servicio de Bienestar del Personal a sus afiliados.
f) Con las comisiones que perciba el Servicio de Bienestar del Personal en virtud de los convenios que celebre con terceros para el otorgamiento de beneficios a los afiliados.
g) Con las sumas provenientes de herencias, legados, donaciones y erogaciones voluntarias en su favor.
h) Con las utilidades de las inversiones o intereses de los depósitos monetarios que efectúe en virtud del artículo 36º de la Ley Nº18.267.
i) Con los demás bienes o recursos que el Servicio de Bienestar obtenga a cualquier título.
D.S. Nº154/96 Ministerio del Trabajo y Previsión Social
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