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Estimados Egresados/Deudores:

Procedimiento establecido en el Decreto Nro. 297, 07.08.2009, reglamento del artículo 1º de la Ley Nro. 19.989, que regula el procedimiento mediante el cual la Tesorería General de la República retendrá, de la devolución anual de impuestos a la renta que correspondiere a los deudores del crédito solidario universitario, regulado por la ley Nro. 19.287 y sus modificaciones, los montos de dicho crédito que se encontraren impagos según lo informado por la entidad acreedora

Decreto 297 Ley 19.989 | Solicitud de Aclaración

Se invita a los deudores morosos de créditos que ingresen a la "Nómina de Deudores Morosos" incluida en esta página, para conocimiento de su situación

Consulta aquí tu deuda morosa de crédito universitario
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Información a nuestros Egresados

El Administrador General del Fondo Solidario de Crédito Universitario de la Universidad del Bío-Bío,  NOTIFICA a todos y cada uno de nuestros Exalumnos, que tienen la condición de DEUDORES MOROSOS de algunos de los  créditos obtenidos durante su estadía en esta Casa de Estudios Superiores, tomar conocimiento de ella y acercarse a nuestras oficinas para regularizar tal morosidad.

 

Para enterarse de su condición, lo invitamos a visitar nuestra página web: www.ubiobio.cl, egresados, en la intranet, ingresando con su Nro. de R.U.T. y su clave.

 

La morosidad está actualizada a fecha, la que debe regularizar a la brevedad, ya que por política universitaria y conforme a la normativa  legal vigente,  toda cuota morosa es publicada en el Sistema de Morosidad DICOM y demás empresas contratadas para ello.  Además, se le recuerda que cualquier pago que efectúe, abonará en primera instancia, su deuda morosa.  Puede depositar o transferir fondos al B.C.I., Cta. Cte. 27029930, a nombre de la UNIV. DEL BIO BIO, R.U.T. Nro.  60.911.006-6, y remitir comprobante por correo electrónico: cjcortez@ubiobio.cl;  o al fax Nro. 041-2731738.

 

Asimismo, conforme a disposiciones legales vigentes (Ley Nro. 19.989)  y por tratarse de una deuda fiscal administrada por la Universidad, la morosidad al mes de Marzo de cada año debe ser informada a la Tesorería General de la República, con el objeto de descontarle de futuras devoluciones de Impuestos a los que tenga derecho

 

Cualquier consulta debe dirigirla por escrito al Fondo Solidario de Créditos de la Universidad del Bío-Bío:  Casilla 5-C, Concepción, o al correo electrónico: hdelgado@ubiobio.cl



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