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Es un proceso voluntario al que se someten las instituciones de educación superior autónomas del país, así como las carreras de pregrado, programas de postgrado y especialidades del área de la salud que ellas imparten, para contar con una certificación de calidad de sus procesos internos y sus resultados. En el caso de las carreras de Medicina y Pedagogía, la acreditación es obligatioria, según lo establece la Ley 20.129.
Existen los siguientes procesos de acreditación, independientes entre sí: la acreditación institucional, la de carreras, la de programas de postgrado y la de especialidades del área de la salud. La acreditación institucional certifica el cumplimiento del proyecto de la institución y la existencia, aplicación y resultados de mecanismos eficaces de autorregulación y de aseguramiento de la calidad, al interior de las mismas. La acreditación de carreras y programas certifica la calidad en función de sus propósitos declarados y de los criterios establecidos por las respectivas comunidades académicas y profesionales. Una institución no acreditada puede tener carreras y postgrados acreditados, pues son procesos independientes.
Cuando una institución, programa o carrera está acreditado, cuenta con la certificación otorgada por CNA respecto de la implementación de sus mecanismos de aseguramiento de la calidad y sus resultados. Además, los alumnos nuevos que se incorporen a instituciones acreditadas, podrán acceder a financiamiento estatal o recursos que cuenten con garantía fiscal para el financiamiento de sus estudios. En el caso de los postgrados acreditados, sus alumnos podrán optar a fondos concursables de becas con financiamiento estatal.
Sólo en el caso de las carreras de Medicina y Pedagogías. En el resto de ellas basta con la acreditación de la casa de estudios.
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